Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 328:3859 de la CSJN Argentina - Año: 2005

Anterior ... | Siguiente ...

AÑO 2005

AGOSTO-OCTUBRE


AJUSTE SALARIAL. -
— N" 1296 Buenos Aires, 16 de agosto de 2005.

Visto y considerando: .

Que el Consejo de la Magistratura de la Nación remite a este Tribunal la resolución N" 228/05, adoptada por ese órgano.

Que dicha resolución dispone un ajuste salarial para determinadas categorías del personal que presta servicios en el Poder Judicial de la Nación.

Que la decisión adoptada puede implicar una modificación presupuestaria para incrementar la partida de Gastos en Personal tanto para el Consejo de la Magistratura como para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para lo cual deberá tomar intervención la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que Corresponde a este Tribunal, en el marco de las atribuciones que le competen y con arreglo a las normas legales y acordadas en vigencia, informar al señor Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación las resoluciones que se dicten en el ámbito del Poder Judicial en materia salarial. Por ello, Se Resuelve:

Poner en conocimiento del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la Nación, la resolución N° 228/05 del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN, de fecha 30 de junio de 2005 cuya copia se acompaña.

Regístrese y publíquese en el portal de la Corte Suprema de Justicia en Internet.

— EnRIQuE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — Car1os S. FAYr — JUAN CARLos MAqueDa — E. RAÚL ZAFFARONI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — RICARDO Luis LORENZETTI — CARMEN M. ARGiBay.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

65

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3859 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3859

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 328 Volumen: 3 en el número: 1013 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos