Consideraron:
Que por Decisión Administrativa 303/03 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación de fecha 22 de diciembre del año en curso, se otorgó asueto los días 24, 26 y 31 de diciembre del año 2003 y 2 de enero del año 2004, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, Por ello, Acordaron:
Declarar inhábiles los días 24, 26 y 31 del corriente mes y 2 de enerodel año 2004, para los tribunales nacionales y federales con asiento en la capital e interior del país.
Todolo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — AUGUSTO CÉsAr BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — ADoLFo ROserto VAzauez (en disidencia parcial) — Juan CARLos MAQuEeDA — E. RAUL ZAFFARONI. Cristian S. Abritta (Secretario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ
Consideraron:
Que distintas instituciones profesionales y particulares vienen propiciando una mayor cantidad de días hábiles judiciales, situación que hemos receptado y reseñado en numerosas oportunidades (entre otras nuestro voto de acordada 35/03 y citas ahí consideradas).
Que en esta particular época del año judicial surgen siempre situaciones de urgencia económico-financiero, tales como percepción de cheques y giros por honorarios, cuotas alimentarias, etc., que abonan aún más la indicada necesidad de extender los días de trabajo, en consideración que durante el próximo mes de enero corr esponde con la feria judicial, Por ello, Acordaron:
Declarar asueto a partir de las 12.00 horas los días 24 y 31 de diciembre del corriente año.
Todolo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — AnoLro Rosero VÁzauez. Cristian S. Abritta (Secretario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5062
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