Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 326:5063 de la CSJN Argentina - Año: 2003

Anterior ... | Siguiente ...

AÑO 2003
INSCRIPCION DE PERITOS. COLEGIO DE ESCRIBANOS.
— Ne 2432Buenos Aires, 18 de diciembre de 2003.

Visto el presente expediente, y Considerando:

1) Que el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Tribunal que contemplela posibilidad de que la inscripción anual de peritos sea efectuada por la mencionada entidad.

11) Que hace saber que dispone de los medios técnicos para la confección y presentación delas listas de peritos según el sistema informático utilizado por la Corte Suprema.

111) Que afs. 13 la Dirección General Pericial manifiesta su opinión favorable con relación a la propuesta.

IV) Que por resoluciones Nros. 1345/92, 2167/98, 149/2000, 1147/00, 1278/01 y 669/02, se accedió a pedidos similares efectuados, respectivamente por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería (Jurisdicción Nacional), el Colegio de Calígrafos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, el Colegio Oficial de Farmacéuticos y Bioquímicos de la Capital Federal y la Asociación Médica Argentina.

Por ello, Se resuelve:

Disponer que la inscripción anual de los escribanos de la Capital Federal para actuar ante los distintos fueros, se realice en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Dicha entidad deberá percibir el arancel correspondiente det erminado en la Acordada 29/95 y sus modificatorias. A su vez, deberá remitir a este Tribunal y a todas las Cámaras de Apelaciones de la Capital Federal las listas confeccionadas.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

37

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5063 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5063

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 326 Volumen: 3 en el número: 1015 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos