GRADUADOS DE LA CARRERA DE ABOGACIA.
—N"14En Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio del año mil novecientos noventa y nueve, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que por acordada 55/99 de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, eleva a esta Corte la solicitud formulada por el señor juez a cargo del Juzgado N" 4 de esa ciudad de autorización para el desempeño en ese tribunal de cuatro graduados de la carrera de abogacía con los mayores promedios, por el término máximo de un año y sin percepción de haberes, sin que ello implique ingreso en el Poder Judicial de la Nación ni derecho a ser designados en forma permanente o transitoria.
Que por acordada 22/90, esta Corte estableció un programa de colaboración con las universidades nacionales y privadas consistente en permitir a los egresados con los más altos promedios de la carrera de abogacía desempeñarse en la Corte Suprema forma no remunerada, para realizar tareas de investigación, y fijó una serie de requisitos dirigidos a quienes se incorporaran al programa.
Que, además, por acordada 16/95 aprobó un régimen de pasantías solicitado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, restringiéndolo al caso de los abogados graduados.
Que, por acordada 6/99 se resolvió acceder a una petición similar a la tratada.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el art. 104 del R.J.N. y el art.
22 de la ley 4055, os Acordaron:
Autorizar el desempeño en el Juzgado Federal de Rosario N" 4, de cuatro graduados de la carrera de abogacía con los mayores promedios, para que presten colaboración, al tiempo que se capacitarán, en las tareas de investigación del tribunal, por el término máximo de un año y en forma ad honorem y sin que ello implique ingreso en el Poder Judicial de la Nación ni derecho a ser designado en forma permanente ni transitoria como agente del mismo.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y se registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.— EDuarDo Mount O'Connor — CArLos S. FAYr — AUGUSTO C£sar BeLLUSCIO — Gustavo A. Bossert — ApoLro Roserto Vazquez. Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General). .
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:1178
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