Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente por ante mi, que doy fe.— EpuarDo MoLINt O'Connor — CarLos S. FAYr — AUGUSTO CÉSAR BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez — Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General).
CORTE SUPREMA. SUPRESION DE SECRETARIA.
—N229En Buenos Aires, a los 22 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el señor presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los señores ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que mediante Acordada 26/97 el Tribunal dispuso la creación de una Secretaría especial, la cual estará dotada por la estructura personal y material necesaria para cumplir con su cometido.
Que la puesta en funcionamiento de dicha dependencia exige una disponibilidad de medios que necesariamente debe ser adecuada con la restricción presupuestaria que impera en el Poder Judicial de la Nación, cuyo alcances ha sido detallado con toda precisión —en fecha reciente- por el Tribunal por Acordada 24 del 12 de agosto del corriente año.
Que, asimismo, es necesario proveer lo conducente para sustituir al personal de esta Corte que quedará asignado a la mencionada Secretaría especial, de modo que las áreas afectadas por tales traslados puedan cumplir satisfactoriamente con las funciones a su cargo, como significativamente sucede con la Secretaría n° 3 en la cual prestaba sus servicios el Secretario Letrado designado titular de la secretaría creada por Acordada 26/97.
Que esta Corte viene dando cabal cumplimiento —con la intervención de la Administración General a las acciones de reordenamiento de las unidades administrativas del Poder Judicial dela Nación, que se han llevado a cabo por medio de las Acordadas 32/95, 43/95, 50/96, 62/96, 25/97 y 27/97. Cabe agregar a lo expresado, que —en sentido concorde- el Sr. Administrador General ha aprobado por Resolución 2242/97 el Reglamento de Organización y Funciones de la Administración General de la Corte Suprema, de cuyo examen surge que dicha dependencia cuenta con una estructura suficiente para tomar a su cargo en toda su extensión las funciones comprendidas en la presente.
Por ello:
Acordaron:
1) Dejar sin efecto la Acordada 51/96, punto 2°.
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1124
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