5) Que a más de esos fenómenos el perito menciona otras dos circunstancias. La primera de ellas, a la que acuerda singular gravitación, es el retiro sin reemplazo del muelle de bisulfito. En ese sentido, desprecia la importancia de otras estructuras removidas (ver fs. 462 vta./463) pero señala la importancia de esa defensa que protegía el "tramo de costa comprendido entre el mismo y el muelle de cargamento" con trascendencia sobre la faja costera de Unitan y a la que "su remoción le priva de la protección que estaba destinada a brindar a la costa e introduce una discontinuidad en la línea de defensa" (fs. 462 vta.). Esos conceptos los reitera a fs. 479 vta., al afirmar que "la falta de este muelle elimina entonces una estructura deflectora de la corriente" y provoca el consiguiente aquieta miento de estas aguas abajo del mismo", lo cual había anticipado a fs. 447 cuando señaló que el citado muelle aun en el estado en que se encontraba servía a la defensa de la costa, por lo que su desaparición agravó el peligro. .
Así asume trascendencia la interrupción de las obras emprendidas por la contratista De Vido-Concic producida unos treinta metros antes del emplazamiento de aquél. "De este modo" -dice- "al final del muro cuando la corriente supera el mencionado plano de trabajo el flujo continúa su cur- so hacia el promontorio ubicado frente al predio de la actora donde entra en contacto directo con la barranca defendida configurando la situación de extrema peligrosidad" que se menciona en el informe de HYTSA (fs. 427/ 431, fotografías de fs. 429, fs. 459/463). La interrupción ha provocado que la propiedad de Unitan no se vea protegida, con el agravante de que la suspensión de los trabajos no implicó la de las tareas de excavación para el perfilado de la barranca. Las aguas altas ingresan asf a través del espacio que ocupaba el muelle mencionado, lo que implica que "la corriente del río es guiada a la zona donde se ha producido el derrumbe de la barranca y el descalce de las fundaciones de los galpones de la actora" (fs. 428 vta./431).
En cambio, aunque reconoce la debilidad de los suelos de "pobres características estructurales e hidráulicas" (fs. 464) afirma que las obras de de- fensa encaradas por Unitan han prevenido su colapso (fs. 464 vta.).
6) Que estas afirmaciones han merecido serias observaciones por parte de los demandados (fs. 510/535, 536/542 y 543/564). De ellas merecen destacarse las realizadas por el consultor técnico de CO.DE.FOR., Ing.
Ricardo A. Schwartz, quien, en sustancia, le reprocha no haber considerado la calidad del suelo sobre el que está asentada la propiedad de la
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1093
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