DE JUSTICIA DE LA NACION 971 33
PEFOW S.A. v. YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
A fin de la determinación de la competencia corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en su acción y después, y sólo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que invoca como fundamento de su pretensión (1).
u JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia federal, Por la materia. Varias.
ls competente el fuero contencioso administrativo federal de la Capital Federal para conocer N en la demanda contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales, por cobro de sumas de dinero, si es "necesario interpretar cláusulas y condiciones contractuales y del pliego de condiciones generales que testimonian un reconocimiento a la sociedad del Estado demandada de facultades más bien propias de las convenciones del derecho público que de las del derecho privado (2).
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Prórroga. Convenio de partes.
La competencia de los tribunales por razón de la materia no es susceptible de ser promrogada por voluntad de los litigantes (3).
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MARCOS AURELIO MARTINEZ v. RAMON BORDA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Fuero de atracción.
La citación en garantía de la aseguradora a instancia del asegurado implica el ejercicio de una acción judicial contra aquélla que se encuentra comprendida en el fuero de atracción del art.
136 de la ley 19.551 (4).
1) 2 de octubre, 311:2607 .
2) Fallos: 306:889 ; 310:1126 y causas: "Mayo Instalaciones S.A. €/Y.P.F. 5/ cobro de Australes" y "Glauber S.A. €/Y.P.E.". del 17 de marzo de 1987 y 14 de febrero de 1989, respectivamente.
3) Fallos: 308:393 y causa: "Zambrano, S.A. e/ Y.P.E.". del 14 de febrero de 1989.
4) 2 de octubre. Fallos: 308:852 y causas: "Vázquez Hugo Horacio y otro c/Sufuentes, Néstor Gerardo", "Luna, Juan C. c/Liaudat, María E" y "Campodónico de Leggio, Catalina e/Expreso Angélica S. R.L. y otros". del 23 de octubre de 1986, 9 de febrero de 1988 y 16 de mayo de 1989, respectivamente, .
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:971
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