310 . — DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 49 ME 142 ............ del 5,05 2 A 24,60 , .
. art. 186 ............deA 84424 8105 , art. 291 reneencece.. dei 3,33 a 4 20,95 art. 700 ............ deA 3,32 a A 84,78 Por ello, - Se resuelve: - . Reajustar los montos previstos en las normas mencionadas en el considerando 49 en la forma allí-establecida, los que regirán a partir de la fecha de 'su publicación en el Boletín Oficial. José Severo CanarLeno — AUGUSTO Césan — BELLuscio — Cantos S, FAyr — ENRIQUE SANTIACO PETRACCHI — Jonce Anto- .
+. NIO Bacquí, - .
EMPLEADOS JUDICIALES, REFRICERIO,
o — N9 345— u Buenos Aires, 2 de junio de 1987. ° Visto el presente expediente S. 269/86 —Ref. N° 1- caratulado "Unión ° " de Empleados s/solicita pago de adicional por refrigerio al personal de los anexos II y II", y . .
Considerando:
19) Que para solucionar el conflicto que mantenía la Unión de Empleados de la' Justicia de la Nación el Ministerio de Economía asignó créditos para atender gastos originados, entre otros rubros, en el pago del adicional por refrigerio, a razón de A 15 por 'agente, al personal del Poder Judicial de la Na- ción, excepto los magistrados y funcionarios (ver comunicación del 28 de ma yo de 1986 al Ministerio de Justicia, fs. 1 del exp. S. 269/86).
2?) Que, consecuentemente, la Corte Suprema, mediante la resolución 341/ 86 y en virtud de las facultades otorgadas por la ley 23.199, otorgó a los em- .
pleados del Poder Judicial el adicional, condicionado a que se hicieran efectivos los créditos asignados por la Secretaría de Hacienda. .
39) Que, a raíz de la consulta formulada por: la Subsecretaría de Admi- .
nistración, mediante la resolución 987/86 se efectuaron aclaraciones.
— 1 - .
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:49
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-49
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