"En reunión con representantes de las Fuerzas Armadas nuevamente se reclamó por la situación de los derechos humanos y por Ja ineficacia de tales reuniones" (28/9/78). .
",., en entrevista con el señor Presidenté de la Nación se hizo notar... que es permanente y viva la preocupación de los obispos argentinos por la situación creada a partir de la desaparición de tantas personas en los últimos años, en el país, sin que sus familiares logren obtener ninguna clase de noticias..." (4/12/76). ",.. la tercera inquietud, y que nos duele particularmente es la que se refiere a la situación de numerosas personas desaparecidas..." (Carta del Presidente de la CEA, por encargo de la Asam blea Plenaria al General Videla del 4/5/79).. 7 .
"... se presentó aún otra vez el problema de los desaparecidos y el deber irrenunciable de la Iglesia de defender la dignidad de la "persona humana, y se reclamó por nuevos casos que habían aparecido en los diarios de la fecha y se hizo ver lo inadmisible, desde la moral, del método de represión" (7/6/79). ",.. en otra parte de la reunión se manifestó que era inaceptable que se dijera sin más que seguramente todos los presos eran culpables. Se advirtió, además de la injusticia de dividir a las gentes en «buenas» y «malas», siendo buenos todos los militares y malos todos los presos, aún sin juicio" (23/9/79).
",.. suscitaron otra vez el tema del respeto a los derechos humanos, presentando una vez más el deber de la Iglesia de defender los principios, entre ellos aquel de que el fin no justifica los medios..." (18/11/79). E. . .
"... además se aclaró que la Iglesia no puede dejar de insistir en la dignidad de la persona humana con todas sus consecuencias...
se subrayó la inaceptabilidad de expresiones como la oída últimamente que la victoria justifica lo actuado..." (25/6/80). ",... se volvió a recordar que estaba en pie la cuestión de presos y desaparecidos..." (7/8/80). , "... aunque fuera cierto como se había argiiido que son instrumentalizadas políticamente, sigue siendo cierto que las madres .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:273
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