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Fallos: 307:477 de la CSJN Argentina - Año: 1985

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M.A.EV.A. S.A. v. DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Es arbitraria la sentencia que hizo lugar a la expropiación irregular fundándose en que —por tratarse de un camino construido para "utilidad o comodidad común"— había quedado incorporado al dominio público y que el Estado no podía pretender una posssión que pudiera originar un título asu favor, frustratorio de la pretensión de la actora, Ello así, pues el a quo resolvió sin coherencia con la demanda —en la que la actora aseveró ser propistaria de las tierras y reclamó su traspaso al Estado, previo pago de la correspondiznte indemnización— lo que descarta: a) que dicho traspaso ya se hubiera operado; y b) toda calificación del bien como "dominal" pues ésta requiere no sólo la afectación de aquél a la utilidad o comodidad común sino también que el sujeto del derecho sea la persona pública estatal—, y al omitir pronunciarse, en definitiva, sobre la procedencia o improcedencia de la transmisión de la propiedad en los términos requeridos, luego del adecuado tratamiento de las defensas opuestas en el pleito.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Exclusión de las cuestiones de hecho. Expropiación. :

Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que hizo lugar a la expropiación inversa. Ello así, pues los agravios que propone el apelante referentes a que la decisión no concuerda con lo peticionado en la demanda, como así también a que la actora carecía de título para accionar respecto de una de las fracciones y a la falta de afectación o restricción al dominio de la restante, deben ser desechados, pues se vin culan al estudio de cuestiones de hecho, prueba y derecho común y procesal, materia propia de los jueces de la causa y no revisables por la vía del remedio federal intentado; máxime si el fallo está fundado en razona mientos que le otorgan sustento bastante y excluyen la tacha de arbitrariedad (Disidencia del doctor José Severo Caballero).


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:

A fs. 554/558 se interpone recurso extraordinario contra la sentencia de fs. 535/547 vta. que hizo lugar a la demanda que, por cxpropiación inversa, fue promovida en autos.

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:477 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-307/pagina-477

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