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Fallos: 306:1190 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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y 1190 RESOLUCIONES DE LA CORTE SUPREMA Artículo 130: Sa 828 y $a 82.787.

Artículo 145: $a 1.552 y $a 155.229.

Artículo 242: $a 10.738.

Artículo 286: $a 9.312.

Artículo 320, inc. 19: $a 8,278 y Sa 134.530.

Artículo 321, inc. 19: $a 8.274, | Artículo 329, ler. párrafo: Sa 413 y $a 72.440. ' Artículo 329, 3er. párrafo: Sa 517 y $a 8.278. | Artículo 399: $a 155.

Artículo 431: $a 517 a $a 9.312. | Artículo 436: $a 1.035 a $a 15.523. Í Artículo 446: Sa 517. | Artículo 640, inc. 19: $a 1.552 y $a 31.046.

Artículo 691: $a 431 y Sa 7.243.

Por ello, | Se resuelve: | 1) Reajustar los montos establecidos en los artículos mencionados en el l considerando 5° de la presente, fijándolos en las cantidades allí consignadas. H 2") Dichos montos regirán a partir del 26 de septiembre del corriente año.

Regístrese, hágase saber y publiquese en el Boletín Oficial. GENARO R. Carrió — los Severo CanarLero — CArtos S. FAYT — AUGUSTO César BeLLUSCIO —
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.

CORTE SUPREMA. LLAMADO A CONCURSO
PARA CUBRIR VACANTES DE SECRETARIOS ¡.ETRADOS ¡ — NI 987 — | Buenos Aires, 24 de septiembre de 1984.

Visto lo dispuesto en la Acordada N' 34/84 y la existencia de cargos vacantes para los cuales se requiere título habilitante. los cuales deben ser cubiertos por esta Corte,

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1190

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