partes para afectar el de 1. comunidad, sino que sólo hace referencia 2 Ja posibilidad de una futura acción tendiente a reparar los perjuicios »casionados, lo cual, además de constituir una mera conjetura, no prueba suficientemente la concurrencia de aquella circunstancia (1).
SINDICATO CHOFERES CAMIONES y AFINES v. MARCELO FREIRE
KECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes, Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia que condeno a la vencida al pago de aportes y contribuciones sindicales y de obra social, pues los agravios del apelante remiten al estudio de extremos de hecho.
prueba y de derecho común y procesal, materia propia de los jueces de l:
Causa y no revisables por la vía del remedio federal intentado, y la decisión de esos magistrados está fundada en razonamientos que le otorgan sustenio bastante y excluyen la tacha de arbitrariedad, KECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal Superior.
Si bien la parte actora manifestó en forma general —al evacuar el traslado conferido en virtud del art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial -— que no se agotaron los recursos extraordinarios locales, el a quo se consideró implícitamente superior tribunal de la causa al conceder el recurso federal.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal Superior.
No ha sido debidamente sustentada la objeción de la parte recurrida acerca de no emanar el pronunciamiento apelado del superior tribunal de la causa si en ella omite particularizar la norma específica que posibilitaría la nueva instancia local y las circunstancias concretas, antecedentes, monto, etc., que la habilitarían; como así tampoco ha demostrado la relación pertinente entre los agravios de la parte apelante con los supuestos de admisibilidad de algún recurso extraordinario provincial en concreto (Voto de los doctores Adolfo R. Gabrielli y Elías P. Guastavino).
') Fallos: 303:221 , 261.
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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:2196
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