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Fallos: 302:1619 de la CSJN Argentina - Año: 1980

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S.A. LOPEZ LOPEZ Hxos. C.LA, yv. NACION ARGENTINA PECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propíos. Cuestiones na federales, Sentincias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extermos conducentes, Corresponde dejar sín efecto la resolución que —sosteniendo que el monto reclamado en la demanda no alcanzaba la cantidad establecida por el art.

19 de la ley 21708 modificatoria del art. 212 del Código Procesal Civil y Comercial - declaró mal concedidos los recursos de apelación interpuestos, pues el a que no incluyó en el monto rechamado a computar la actua lización del capital originario que también fue pedido en la demanda, 1á tampoco el reajuste del reclamo hasta La fecha de la sentencia, en los términos dispuestos por la norma mencionada, sustentándose, así, li de chión en un juicio dogmático (1).

ANTONIO HORACIO ROCA v. S.A. ROCA Hxos.

PECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestimes na federales, Interpretación de normas y actos comunes.

Lo atinente al rechazo de la indemnización por desp.do, tumbado em que La conducta del actor había sido precipitada y que no mediaba injuría de entidad suficiente que justificara la ruptura del vínculo laboral. remite

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requintos ¡ropios. Cuestiones no federales. Senrencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la comideración de cxtremos conducentes.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que omite pronunciars acerca de la indemnización por clientela que establece el art. 14 de la ley 14.546, no obstante haber declarado explicitamente que la retación laboral entre las partes estaba regida por dicha ley. No cabe dispensar tal omisión frente a la manifestación formulada por el uctor al expresar agravios, que | (1) 23 de diciembre. Fallos: 257:301 ; 259:55 ; 301:570 .

3) de diciembre.

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1619 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-302/pagina-1619

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