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Fallos: 301:960 de la CSJN Argentina - Año: 1979

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de octubre de 1979.

Autos y Vistos:

De acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Procurador General y con lo resuelto por esta Corte en los casos que cita, se declara que el Sr. Juez en lo Penal de Morón debe seguir conociendo del encubrimiento de hechos delictuosos que habrían ocurrido en la Provincia de Buenos Aires y que el Sr. Juez Federal de San Martín debe entender en los ilícitos referidos a sustracciones presuntamente efectuadas en la Capital Federal. Remitanse los autos al Sr. Juez provincial :u fín de que extraiga las copias correspondientes y las envíe al Sr, Juez Federal, a quien se hará saber lo resuelto, en la forma de estilo.

Aporro R. GABneLL! — ABsELAnDo F. Rossi — | Penno J. Frías — Emiio M. Daimeaux — ELÍAs P. GUasTravino. |
OSVALDO A, AGUIRRE LATOR
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Cawas penales. Delitos en perínicio de los bienes y rentas de la Nación y de vas reparticiones autareguiens, Coresponde a la fusticia federal, y no a las provinciales, conocer de hechos susceptibles de causar perfuicio al patrimonio del Banco de la Nación Argent na y obstruir el buen servicio de sus empleados, sín que La posibilidad de umi posterior reparación del perjuicio haga variar la condición de sujeto pasivo del hecho que inviste el Estado Nacional (1), 0) 5 de octubre, Fallos: 249:585 ; 259:334 ; 276:250 - causa "Donner, Cc" del 12 de junio de 1979.

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:960 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-301/pagina-960

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