ordinaria quedó habilitada para tratarla y, dado el notorio quebrantamiento constitucional señalado, resulta innecesaria mayor fundamentación para revocar, en esta parte, el fallo de la alzada, conforme a los precedentes citados en el dictamen aludido, a los que cuadra remitirse.
8") Que en relación a la compañía Swilt, dejó dicho la sentencia que no es aplicable, so color de más benigna, la ley 19.359 —como en procura de una importante disminución de la multa, lo pretendió la defensa— conclusión esta a la que arribó la Cámara haciendo jugar los arts. 2 y 4 del Código Penal, respecto del art. 17 de la citada ley posterior a los hechos reprimidos. Decidió, consecuentemente, que el pronunciamiento del juez inferior había sido correcto al instituir la condena en los términos de los arts. 1, inc. €), del decreto 12.647 y 17 de la ley 12.160, y mantuvo así el monto de la sanción.
9) Que la defensa comenzó por sostener que el art. 17 de la ley 19.359, en cuanto excluye la aplicación del art. 2 del Código Penal en las sanciones por ella instituidas, que no sean corporales, sólo rige para el futuro, no alcanzando a los hechos ocurridos antes de su publicación (los de autos); y si no se admitiera esa interpretación, el precepto —añade la defensa— sería inconstitucional. A continuación, y después de ubicar su recurso en el inc. 3? del art. 14 de la ley 48, afirman los señores defensores que, al desechar la invalidez constitucional de la actuación retroactiva del art. 17, la sentencia confundió los dos niveles en que había propuesto la cuestión, referidos el primero a que los hechos debían ser juzgados con arreglo a la ley más benigna y, el segundo, a que aquél deja abierta "la necesaria aplicabilidad a nuestro caso de una ley posterior más benigna, pese a lo dispuesto por el art. 17 de la ley 19.359"; y que la ley más favorable es. notoriamente, la reción citada, que pone un tope máximo de $ 10,000,000.000 a las multas. Los letrados recurrentes denuncian, asimismo, la arbitrariedad del fallo, referida al criterio con que resolvió la cuestión atinente a la elección de la ley más benigna, para lo cual habría incurrido en autocontradicción.
10) Que la primera impugnación de las arriba relacionadas, arranca del presupuesto de que el principio receptado por el art. 2?
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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:607
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