2) Designar par integrarla a los señores jueces de Cámara doctores Francisco A. Vocos, Eduardo M. Guzmán, Vicente E. T. Andereggen y Jorge O.
Vivanco.
3) A los fines indicados, la Comisión podrá requerir los informes que considere convenientes a los tribunales y dependencias judiciales.
4) La Comisión deberá elevar a esta Corte sus conclusiones antes del 31 de agosto del corriente año.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y revistrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Avorro R. GapELLI — ABELANDO F. Rosst — Penno J. Frías — Exmió M. Damraux — Etías P. Guastavixo. Ricardo J. Brea (Secretario?
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE RECONOCIMIENTOS MEDICOS DEL
PODER JUDICIAL DE LA NACION
— N9 11 — En Buenos Aires, a los 16 días del mes de mayo del año 1978, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el señor juez Decano de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en ejercicio de la Presidencia doctor don Adolfo R.
Gabrielli y los señores jueces doctores don Abelardo F. Rossi, don Pedro J.
Frías y don Emilio M. Daireaux, con la presencia del señor Procurador Gene- , ral de la Nación doctor don Elías P. Guastavino, Acordaron:
Sancionar el siguiente
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE RECONOCIMIENTOS MEDICOS DEL
PODER JUDICIAL DE LA NACION
Artículo 1°— El Servicio de Reconocimientos Médicos estará integrado por los profesionales médicos y personal que designe la Corte Suprema. Actuará bajo las órdenes de un Jefe que, en caso de ausencia 0 impedimento, será sustituido por un Subjefe.
El Servicio dependerá de la Secretaría de Superintendencia de la Corte Suprema.
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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:19
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