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Fallos: 30:95 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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puesto y pedido por el Señor Procurador General en su precedente vista, sc confirma con costas el auto apelado de foja diez y siete; y devuélvanse.

1. B. GOROSTIAGA. — J, DOMINGUEZ.

— ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO

IBARGÚREN.
—e > —

CAUSA LXIV
D, Miguel "Machado Aramburú, contra D. Bartolomé Casella ; sobre interdicto de obra nueva y despojo.

Sumario. — Comete violencia el lindero que sin comsentimiento del colindero procede á construir una pared divisoria y encierra dentro de ella construcciones hechas por el último.

Caso. — Se refiere en el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 25 de 1885.

Y vistos estos autos iniciados por D. Miguel Machado Aram

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:95 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-95

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