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Fallos: 298:9 de la CSJN Argentina - Año: 1977

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lo Federal y Contenciosoadministrativo elevará al Tribunal una propuesta con arreglo a has condiciones establecidas em dicha disposición. d) La Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial de la Nación informará a la Corte Suprema sobre las posibilidades presupuestarias para la habilitación de las dos Fiscalías creadas por el art. 4 de la ley 21.582, Y asimismo sabre los locales disponibles para el cumplimiento de la ley de referencia.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Honacio H. Henania — Apot:

vo R. Canet: — Auetanno F. Rosst — Prnno ]. Fuias. Jorge Arturo Peró Secretario).


OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES. SUSTITUCION DEL
ART. 65 DE SU REGLAMENTO —FALLOS: 291:7 — —Ne 13En Buenos Aires, a los 14 días del mes de junio del año 1977, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación doctor don Horacio M. Heredia y los señores Jueces doctores don Adolfo R. Gabrielli, don Abelardo F. Rosi y don Pedro J. Frias.

Consideraron:

Que la nueva organización del servicio de guardia de la Sección Mandamientos de la Oficina de Maridamientos y Notificaciones de la Justicia Nacional (expediente de Superintendencia S. 1410/77) hace conveniente modificar el texto del art. 63 del Reglamento respectivo a fin de permitir un sistema más flexible, que asegure el rápido y eficaz diligenciamiento de las medidas dispuestas con carácter de urgentes o con habilitación de día y hora, Resolvieron:

Sustituir el testo del art. 68 del Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Oficina de Mandamientos y Notificacimes —Acordada 3/75, Fallos:

291:7 -—, por el siguiente:

"Para diligenciar mandamientos o cédulas con carácter urgente o con habilitación de día y hora, y para atender a los interesados en su ejecución, la Oficina prolongará wi horario durante los días hábiles hasta la hora que determine la Secretaría de Superintendencia de la Corte Suprema". .

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y remistrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Honacio H, Henenta — Anotro E. Gamurtas — Aneramo E. Rossi — Penso J. Fvias. Ricardo J. Brea (Secretario).

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Año: 1977, CSJN Fallos: 298:9 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-298/pagina-9

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