CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
Para que exista desmedro de la igualdad es menester que la desigualdad resulte del teo mísmo de la ley aplicada y no de la interpretación que le haya dado la autoridad encargada de hacerla cumplir,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de mayo de 1977, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Carlos María Andrés Díaz Colodrero en la causa Díaz Colodrero, Carlos María Andrés s/prepara acción judicial, hoy demanda contenciosoadministrativa", para decidir sobre su procedencia, Considerando:
19) Que el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes al rechazar la demanda (fs. 12/17) decidió, mediante la interpretación de disposiciones de orden local, cuestiones que no exceden el marco de facultades que le son propias y que, por ende, no son revisables por vía del recurso extraordinario (Fallos: 256:67 , 550 y 554; 259:224 ; 266:100 , 235 y otros).
27) Que ello es así, pues determinar las funciones desempeñadas por el recurrente y la procedencia de la jerarquía pretendida u los efectos del beneficio jubilatorio, no implica en el caso extralimitación del tribunal a quo, máxime cuando éste ha tenido xn cuenta que la ley local N° 2786 por la que se creó la Justicia de Paz Letrada, no impugnada por cel apelante, equipara dichas funciones a las que pasó a desempeñar a raíz de la sanción de aquélla, 37) Que, de tal manera, la sentencia recaída en la acción contenciosoadministrativa incoada en mérito a la pretendida equiparación del cargo de Juez de Paz Lego con el de Juez de Paz Letrado, y cuya improcedencia a la luz de lo establecido por la mentada norma se determina, a más de remitir al análisis de normas de derecho público local posee fundamento bastante que obsta a su impugnación como acto judicial (Fallos: 274:462 ; 278:135 , entre otros).
47) Que finalmente corresponde señalar que para que exista desmedro de la igualdad es menester que la desigualdad resulte del texto mismo de la ley aplicada y no de la interpretación que le haya dado la autoridad encargada de hacerla cumplir (Fallos: 272:231 y otros).
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Año: 1977, CSJN Fallos: 297:481
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