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Fallos: 293:51 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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de aquéllas sólo declaró la pérdida de eficacia de las disposiciones por las que se crearon o modificaron delitos o penas de delitos ya existentes.

ABASTECIMIENTO.
decreto-ley 19.508/72 y sus normas complementarias —cuya imbrocción se atribuye a la empresa actora—, al no encontrarse comprendido dentro de la enumeración del art. 29, ley 20.509, y contener, por el carácter de las san» cienes que prevé en su art. 97, ilícitos de naturaleza contravencional. no se encuentra alcanzado por lo dispuesto en la citada Jey 20509. El art. 29 de la Jey 20,680 confirma La ultraactividad de las normas penales administrativas contenidas en el decreto-Jey 19.508/72.

ABASTECIMIENTO,
El espendio de un periódico y los servicios gráficos de composición e im presión por cuenta de terceros son procesos incluido: en el ámbito del art, 1v del decreto-ley 19.508/72,

PRECIOS MAXIMOS,
Cares de relación directa e inmediata con la garantía constitucional de La Bbertad de imprenta La imposición de mua mula a la empresa recurrente por falta de comunicación a las anoridades de control comercial del aumento del precio de los ejemplares de un periódico Dicrames DeL Procunanon Cestnar Suprema Corte:

E El recurso extraordinario deducido a fs, 46 es, a mí juicio, proeedente, por cuanto 5: ha puesto en discusión en autos la inteligencia del decretoley 19508/72 y de la resolución 1 5 dictada por el Ministerio de Comercio el 21 de marzo de 1972, de indudable naturaleza federal, y A porque se sostiene por el apelante que la aplicación de esos ordenamientos a su representado resulta lesiva de garantías constitucionales, IL. Al pronunciarse con fecha 6 de noviembre de 1973 en la causa "Caribotti, Armando V. €/Aduana de la Nación s/apelación" (G. 418, 1, XYI), Y. E. tuvo oportunidad de declarar que el art, 19 del decreto-ley 17.325/67, en cuanto norma represiva, había perdido eficacia en virtud de lo dispuesto en

Esta doctrina supone atribuir a la ley reción citada una interpretación según la cual por virtud de ella habrían perdido vigencia no solamente las disposiciones dictadas por los gobiernos defacto =n matería

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:51 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-293/pagina-51

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