3" Las infracciones á la Ley Electoral consisten en la ejecucion de hechos contrarios á sus disposiciones 6 en la omision 6 falta de cumplimiento de los deberes que ella impone.
4" La inasistencia injustificada del Juez de Paz á las reuniones de la Junta Calificadora, constituye una de las infracciones más graves de la Ley Electoral.
Caso. —Se encuentra esplicado en el siguiente Fallo del Juez Federal Buenos Ares, Octubre 8 de 1885.
Vista esta causa iniciada por el Dr. D. Juan Carballido, vecino de la Pa°roquia de San Nicolas, contra el Juez de Paz de la 3" Seccion, D, Otto E. Reche, de la que resulta :
1 Que el dia 4 del corriente mes á la hora señalada para instalar la mesa inscriptora de la Parroquia de San Nicolás, solamente concurrieron los titulares Dr. D. Cárlos Novillo Cáceres y D. Miguel C, Victorica, y los suplentes Dr. Julio Puyrredon y D. Enrique Mosquera, no habiéndose presentado el Juez de Paz, D. Otto E. Recke, á instalar la mesa y á entregar los registros y boletas necesarias.
2" Que para escusar su falta, el citado Juez de Paz dirigió al Comisario al servicio de la mesa una esquela manifestándole, que no habiéndosele podido entregar los registros y boletas por razones que no eran del caso mencionar, como Presidente de la Junta Calificadora le comunicaba que ese dia no se instalaría dicha Junta, no habiendo, por lo tanto, inscripcion.
3" Que ála una del mismo dia el citado Juez de Paz se presentó al recinto en que se habia instalado la Junta Calificadora, increpando el proceder de ésta por haberse instalado y diciendo,
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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:115
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