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Fallos: 288:298 de la CSJN Argentina - Año: 1974

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MAYO

REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL. MODIFICACION

DEL ART. 14 SOBRE REGIMEN DE MERITORIOS
—No 14En Buenos Aires, a los 23 días del mes de mayo del año 1974, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Miguel Angel Bercaitz y los Señores Jueces Doctores Don Amqustín Diaz Bialet. Don Emesto A. Corvalin Nanclares y Don Héctor Masnatta, Consideraron :

Que la ley 20,559 ha creado el cargo de "Merito:io", aumentando la dotación de personal asignada a cada uno de los organismos que enumera en su artículo 19, Que sus disposiciones inciden en el régimen establecido en el artículo 14 del Reglamento para la Justicia Nacional al evchir la restricción impuesta con relación a la designación de meritorios en la Justicia de Instrucción y al establecer una retribución mensual para los mismos.

Acordaron:

1) Suprimir en el artículo 14 del Reg'smento para la Justicia Nacional el pámalo que dice: "no podrá haber más de dos por cada Secretaría de Juzgado 0 Tribumal de Apelación" como así también el impedimento relativo a los Juzgados o Secretarías de Instrucción Ciiminal.

2) Agregar al artículo 14 del Reglamento lo siguiente: "El número y distribución de meritorios se ajustará a lo dispuesto en el artículo 1v de la ley 20.559".

3) Los cargos de meritorios serán discermidos a quienes se desempeñan ac» tualmente en dichas funciones respetando el orden de antigedad como meritorio.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Micver Ascer Bencarrz — Acustín Diaz Biser — Enxesto A. Convarán NANCLARES — HéctOS MasvATTA.

Carlos María Bravo (Secretario),

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Año: 1974, CSJN Fallos: 288:298 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-288/pagina-298

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