—mayo de 1973— que consta de dos subsuelos, planta baja y cinco pisos altos con una superficie cubierta de aproximadamente 7.000 metros cuaerados.
En lo que hace al Juzgado Federal y sus dependencias, he observa do que desd eel punto de vista de las comodidades materiales existe un apreciable desahogo. Lamentablemente el Señor Juez Federal no estuvo presente en ocasión de la visita en razón de haber concurrido a un certamen jurídico en la Ciudad de Posadas. Esto impuso que el Señor Fiscal Federal lo sustituyera, con el déficit informativo consiguiente, pese a su buena voluntad en la emergencia.
Me permito señalar que, conforme a la fotocopia que acompaño, el Dr. Vallejo conocía desde el 8 de noviembre la oportunidad de la visita del suscripto, apelando al procedimiento de dejar una nota que, indiscutiblemente, no puede suplir el objeto tenido en mira por la Acordada de la Corte Suprema, aparte de significar una desconsideración hacia el alto cuerpo en la persona de su integrante comisionado.
En consecuencia, las informaciones recogidas y la impresión recibida se encuentran enmarcadas por dicha circunstancia.
Es dable señalar que el despacho del titular se halla ocupando un ámbito que duplica el normal y reglamentario, a estar a la información recibida por los organismos respectivos, no pudiéndose haber establecido la razón por las circunstancias premencionadas.
De acuerdo con las informaciones del Sr. Fiscal Federal, las necesidades más urgentes se refieren a la elevación. del número de empleados y personal de servicio, que habrían sido reclamadas por notas elevadas a este Tribunal con fechas 5/6/72 y 24/7/73.
En lo que toca a la Fiscalia, el suscripto ha tenido oportunidad de comprobar que todas las tareas y funciones propias de dicha dependencia se realizan por el titular y un único empleado, el Sr. Ramos, que ha sido propuesto para el cargo del Jefe de Despacho de Primera en mérito a su capacidad y conocimientos demostrada en 23 años de servicio y en su calificación de sobresaliente. Igualmente son necesarias las creaciones de:
a) una Secretaria, que deberá estar a cargo de un funcicnario con título; b) tres cargos de auxiliares (empleados) y dos de auxiliares (personal de servicio). Por otra parte es menester completar la dotación de muebles, en razón de que el titular carece de moblaje propio para el desempeño de sus funciones.
Compartir
94Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1974, CSJN Fallos: 288:15
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-288/pagina-15¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 288 en el número: 15 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
