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Fallos: 283:214 de la CSJN Argentina - Año: 1972

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y guramtías. Generalidades, Los derechos y garantías que La Constitución consagra deben ejercerse con arreglo a las leves que los reglamentan razonablemente. El damnificado por um cuasi delito debe concurrir a hacer valer sus derechos según los procedimientos que el ordenamiento juridico preve, CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Defema ex juicio, Procedimien to y sentencia.

El jpugub DE puede convertira en interprete de una supúesta voluntad impli cita de una de las partes sin alterar, de tal modo, el equilibrio precesal de hos litapuntes, en desmedro de La defensa de la parte contraria, DAÑOS Y PERJUICIOS: Principio generales Del prncipso de la reparación imegral que rige en los supuestos de perjuicios adervado de un cuasidelito, no deriva una facultad que autorice al juzgador 4 convertirse en imerprete de una supuesta voluntad implicita del demandante para acedar ubris indemnizatorios que no integran la relación procesal, como es, en el caso, Le compensación por desvalveización de la moneda solicitada en el alegato CVoto del Doctor Roberto E. Chute>.

CONSTITUCION NACIONAL Derechos y garantias. Defensas en juicio, Procedimiento y wmtencia.

Mas comiembas jueliciales se plamtcin y resuclven sobre la base de argumentos fumbubos en Las Jeyes de fondo y de forma, y estas últimas no pueden ser dejadas de Lado so color de razones de equidad, si al procederse de ese modo se lesionan derechos de alguna de las partes. En comecuencia, el juzgador no puede acortar un "plas" por desvalorización de la moneda solicitado por primera ver al alegar en un juicio por daños y perínicio derivados de un cuasidelito € Vito del Distor Roberts E. Chutes.

DASOS Y PERJUICIOS: Principio generales, Indemnivar es, en suma, eximir de todo daño y perjuicio mediante un cabal resarcimiento. Elby impone que la indemnización debe ser "integral" —que vale tanto como desir "asta", porque mo sería acabada indemnización si el daño y el perimcio quedaran subsistentes en tab: o en parte (Vido del Doctor Marco Auvelos Risolia".

DISOS Y PERIUICIOS: Peserminación de La indemnización, Daño material.

El incremento de La indemnización 4 causa del deterioro de la moneda mo constituyo vn rubro aporte simo um aspecto inescimdible y consutanciado con aquélla, En comentiencia, pedida La imtemnización, reconocerla actualizado mo implica acordar algo imprevisible para quien es condenado a satisfacerla y mo exige, por tanto, Jesion alguna al derecho de defensa CVoto del Doce Marco Aurelio Rsola 4 CONSTITUCION NACIONAL Derechos y garantías. Defensa en juicio, Procedimiento y sentemcia.

La adecuación de La combena por daños y periuicios derivados de un cuavidelito al press de alesvalorización de la moneda mo importa modificar y exceder los

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Año: 1972, CSJN Fallos: 283:214 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-283/pagina-214

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