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Fallos: 262:279 de la CSJN Argentina - Año: 1965

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Jorge A. Colleoni, a cuyo efecto se requerirá del Señor Juez Doctor Jorge Luis Gallegos, la comunicación de los antecedentes respeetivos y de las actuaciones «que existieren.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se contunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Auistóncio D. Aríoz DE Lama — Lor María Borrr Bocsrro — Perro ARERiStUry — Ricarno CoLOMBRES — ESTEBAN IMAZ — Carios Jvax Zavara Romríctez — AMíLCAR AxuEL Mercaer — Jorge Arturo Peró (Secretario).

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:279 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-262/pagina-279

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