JOSE SANTARELLL y OTROStv. ANGELICA MOLINA CRISOL 1£ ACITAVAL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales, Introducción de la enestión federal. Forma, Si hien el planteamiento de enestiones federales no requiere fórmulas especiales vi términos sueramentales, debe ser, sin embargo, ineguívoco y explícito. El principio rige también a los efectos del mantenimiento en el enrso del juicio de la enestión federal, hase del recurso extraordinario. En el eno, la manifestación, ante el organismo de alzada, en el sentido de reiterar lo expresado en piezas anteriores a la eamsa no enmple el reeando en enestión, lo que así se ha declarado, es especitivamente, respecto de la inconstiturionalidad de las Cámaras de Arrendamientos y Aparcerías Rurales (1).
JOSE MIGUEL URRUTIA SOTOMAYOR
IURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Lugar del delito.
Corresponde a la justicia en lo criminal y correccional de General Roca Provincia de Río Negro—, y no a la Justicia en lo Penal de La Plata, conocer de la cama por rapto si la sustracción de la menor se habría cometido en aquella províneia. No obsta a ello el carácter permanente de la neción delictiva,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL SUBSTITUTO
Suprema Corte:
De las actuaciones resulta que, de ser delito el hecho investigado, los elementos constitutivos del correspondiente tipo lezal art. 151, ler. párrafo del €. Penal) se habrían reunido en la localidad de Cinco Saltos (Pcia, de Río Negro), lugar de comisión del presunto rapto.
Opino, en consecuencia, que el señor Juez en lo Criminal y Correccional de General Roca es competente para entender en la causa, no obstando a ello el carácter permanente de la acción delietiva (doctrina de las sentencias dictadas en las enusas: "Giménez, Israel R. y otros asoc, ilícita y tentativa de estragos por explosión — €, de con petencia"° (C, 467, L. XIV), y "Arce, Tiburcio y otro <- contrabando — €. de Competencia" (C.S21, LXNIV), de S de agosto de 1962 y 9 de setiembre de 196, respeetivamente), Buenos Aires, 22 de noviembre de 1963, — Eduarde H. Marquardt, —a _ le marzo, Fallos: 2367 st; 247:693 ; 250: JN; SEE ZAS; 252:16 E
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Año: 1964, CSJN Fallos: 258:108
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