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Fallos: 252:198 de la CSJN Argentina - Año: 1962

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198 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ha erigido a estos antecedentes de hecho y a la presunción consé ... cuente.en fundamento suficiente de su decisión que es, por lo demás, irrevisible.en la instancia extraordinaria. En tales condiciones, y conforme a la doctrina de los precedentes mencionados, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado. y Por ello, habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se confirma la sentencia de fs. 66/67. .

e, — BEnJAMÍN' ViLLecas BASAVILBASO — , . PEDRO ABERASTURY — RICARDO Co a. . LOMBRES — ESTEBAN IMAZ, i .

- 8. A. A.F.I.S. v. ADELA PASTERAN y OTROS RECURSO EXTRAORDINARIO; Requisitos propios. .Tribunal Superior.

En el supuesto de que una cámara nacional de apelaciones, en pleno, conoce .

enel pleito por' vía del recurso de inaplicabilidad de ley previsto por el art. 28 del decreto-ley 1285/58 y lo desestima, no es el superior tribunal de la causa en los términos del art. 14 de la ley 48 (1). ANTONIO F. BARRACHINO v. PINCHAS SZOICHET RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos" propios. Sentencia definitiva.

Resoluciones anteriores a. la sentencia definitiva. Medidas precautorias. .

Las resoluciones referentes a medidas eautelares son, principio, insus"ceptibles del recurso federal, "Tal carácter reviste" la que dispuso, en un juicio de desalojo, reintegrar -al demandado la posesión del inmueble que se había acordado provisionalmente al actor en razón de concurrir, "prima facie", los presupuestos del art. 1564 del Código Civil (). .

NACION ARGENTINA v. JORGE FUSHAN . RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, - Relación directa. .. Sen tencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fuñdamentos de hecho. - , La - La sentencia del tribunal de alzada, en cuanto confirma el fallo del inferior que dispuso el levantamiento de una medida cautelar, en razón de que la transferencia de dominio de la' mercadería embargada tuvo lugar con ante- rioridad a la iniciación del "apremio y al embargo decretado en la causa, (1) 24 de abril. - "E .

(2) 24 de abril, Fallos: 248:221 . .

o . E ME

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Año: 1962, CSJN Fallos: 252:198 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-252/pagina-198

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