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Fallos: 251:230 de la CSJN Argentina - Año: 1961

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En su mérito, se resuelve:

a) Desestimar el reeurso de nulidad.

b) Confirmar la sentencia apelada, obrante a fs. 195/201 en cuanto rechaza la demanda instaurada y modificarla respecto a las costas, que se declaran en el orden causado en ambas instancias. — Manuel A, Tiscornia — Miguel Carrillo — Víctor H. Pozzoli,
DICTAMEN DEL ProcURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso ordinario de apelación interpuesto a fs. 254 es procedente atento lo dispuesto por el art. 24, inc. 6", ap. a), del decreto-ley 1285/58 (ley 14.467) sustituido por la ley 15.271, por tratarse de una causa en que la Nación indirectamente es parte.

En cuanto al fondo del asunto, la empresa del Estado demandada, actúa por intermedio de apoderado especial, el que se encuentra notificado del emplazamiento de ley (fs. 260). Buenos Aires, 14 de junio de 1961. — Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos "Aires, 8 de noviembre de 1961.

Vistos los autos: "Municipalidad de San Lorenzo e/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales s/ cobro ordinario de pesos".

Y considerando:

19) Que la duda que pudiera caber respecto de la propiedad del cobro de tasas correspondientes a servicios locales, a Yacimientos Petrolíferos Fiscales, no subsiste luego de la sanción de la ley 14.773, En ésta se entendió —art. 7— liberar de gravámenes a la mencionada repartición, sin embargo de lo cual se admitió su responsabilidad respecto de "las tasas retributivas de servicios realmente prestados"', es decir, de aquellas que no constituyen un impuesto encubierto —v. informe del senador Dr. N.

Weidmann, Diario de Sesiones del Honorable Senado, 25/9/38, pág. 1883 y sigtes.—. Habida cuenta de la inexistencia de una cláusula de exención similar en la ley 14.380, la pertinencia del cobro de tales tasas, durante su vigencia, resulta clara, 2?) Que la sola circunstancia de que el contribuyente carezca de interés en el servicio estatal no basta para eximirlo del pago de la tasa respectiva, según así lo estableció esta Corte en ocasión reciente —confr. causa "Cía, Swift de La Plata S. A. Frigorífica e/ La Nación s/ repetición", sentencia del 11 de octubre de 1961—,

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Año: 1961, CSJN Fallos: 251:230 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-251/pagina-230

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