3 CAUSA XLIII E » u D. Ramon Sardá contra D. Tomás S. G. Armstrong, a sobre cobro de pesos
É
6 E Sumario.— 4° El tenedor de unas letras por pesos fuertes 6 E su equivalente en oro sellado á razon de 29 pesos moneda cor— riente, á su eleccion, firmadas despues de la ley de inconverÉ sion de 1876, no puede exigir el pago en moneda de plata.
e 2" Puede solo exigirlo en pesos fuertes de curso legal, 6 en 4 ero sellado al cambio en moneda corriente que en ellas se fija.
É — rr Caso.— En 1877 D. Tomás S. G. Armstrong firmó dos letras, valor de 17500 pesos fuertes, ó su equivalente en oro sellado 4 razon de 29 pesos moneda corriente por pesos fuertes, á el:celon del tenedor.
El tenedor de ellas D. Ramon Sardá pretendiendo que el —— po debia hacerse en plata sellada, demandó á Armstrong, — quien pagó cn billetes metálicos la suma de 19700 pesos, con"vinendo en que rebajados 4207 pesos fuertes adeudados por gastos, resolviera el juzgado lo que debia pagarse á Sardá, y 1 , a
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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:196
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