ALLANAMIENTO.
Ver: Recurso extraordinario, 73.
APORTES.
Ver: Recurso extraordinario, 120.
ARANCEL,
Ver: Honorarios de abogados y procuradores, 1; Recurso extraordinario, 102.
ARRENDAMIENTOS RURALES (').
1 Desde que la competencia de las cámaras paritarias establecida por el art. 1° de la ley 13.897, es de carácter excepcional, es válida la resolución de la Cámara Central que, de oficio, declaró la incompetencia de dichos organismos por considerar que el contrato que vinculaba al recurrente con la provincia demandada, era un contrato administrativo y no uno de arrendamiento, de carácter civil. Esta cuestión no puede ser decidida por la Corte Suprema, en instancia extraordinaria, por no ser de índole federal ni tratarse, en el caso, de un conflicto de competen| cia: p. 163.
Ver: Constitución Nacional, 18; Reeurso extraordinario, 99.
ASOCIACIONES PROFESIONALES.
Ver: Recurso extraordinario, 42.
AUTO NO INNOVAR. :
Ver: Recurso extraordinario, 29. i B
BANCO CENTRAL.
Ver: Recurso extraordinario, 1.
BANCO DE LA NACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 16. .
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Ver: Pacto del 11 de noviembre de 1859, 3.
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
Ver: Jurisdicción y competencia, 24.
BANCO INDUSTRIAL. -
Ver: Jurisdicción y competencia, 28.
md oi [TS TER lr rt
Compartir
84Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1957, CSJN Fallos: 239:515
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-239/pagina-515¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 239 en el número: 515 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
