desempeñado el cargo de Presidente Provisional de la Nación, y debiendo honrar la memoria del ciudadano eminente que ha servido al país con bidalguía, patriotismo y espíritu de sacrificio, Resolvieron :
1) Asistir en corporación a la inhumación de sus restos.
2") Invitar alos magistrados, funcionarios y persona! de la Justicia Nacional para que concurran al sepelio.
3) Izar en el edificio del Palacio de Justicia la bandera a media asta durante el término que fije el Poder Ejecutivo.
4) Dirigir ala familia del extinto una nota de pésame, con transcripción de la presente Acordada.
Todo lo cual dispusieron, mandando se eomunicase este Acuerdo al Poder Ejecutivo, se registrase en el libro corresRediente y se publicase, firmando el Señor Presidente y los vñores Ministros, por ante mí que doy fe. — ALFREDO Onoaz — ManveL dJ. ARGAÑarás — ENsIQUE V. Gantt — CArLos Herrera — Joror Vera VaLnejo — Jorge Arturo Peró (Secretario).
LUCHA CONTRA LA POLIOMIELITIS
En Buenos Aires, a los 23 días del mes de marzo del año 1956, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Alfredo Orgaz y los Señores Ministros Doctores Den Manuel J. Argañarás, Don Enrique V. Galli, Don Carlos Herrera y Don Jorge Vera Vallejo, Considerando :
Que el desarrollo de la poliomielitis en el país ha provocado un amplio, espontáneo y generoso movimiento de solida ridad nacional e internacional con la doble finalidad de ayudar en la lueba contra el progreso de la enfermedad y de contribuir a que sea posible la rehabilitación de sus víctimas.
Que en ese movimiento participan, sin duda, individualmente los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, sin que haya sido necesario oficializar colectas u otros medios de exteriorización.
Compartir
78Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1956, CSJN Fallos: 234:126
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-234/pagina-126¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 234 en el número: 126 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
