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Fallos: 233:69 de la CSJN Argentina - Año: 1955

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ria obrante a fs. 2 que ella ha sido ordenada en un procedimiento de naturales. contenciosoadministrativo, opino que su diligenciamiento "mpete a los tribunales de la Capital Federal especializauc- en dicha materia, o sen aquellos a que se refieren los arts. 2" v 45 de la ley 13.998. Buenos Aires, 24 de octubre de 1955. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de noviembre de 1955.

Autos y vistos; considerando:

Que el exhorto de fs. 2 aprrece dirigido al "Juez Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Dr. Segovia, de la Capital Federal", por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe en-los autos sobre "recurso contenciosoadministrativo"? que en él se mencionan. Tiene por objeto que se extraigan de un juicio sucesorio en trámite ante el Juzgado de referencia y se hagan llegar al tribunal provincial los informes especificados en la rogatoria, que el encargado de diligenciarla no presentó directamente ante dicho Juzgado sino ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.

Que, como se ha establecido en los autos "C. 601 —XII— Exhorto de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, autos: Julio González Echenique e./ Gobierno de la Provincia s,/ recurso contenciosondministrativo"?, fallados en el día de la fecha, en principio los exhortos deben diligenciarse ante el tribunal que con arreglo a sus leyes procesales tenga competencia según la naturaleza de la causa en que han sido librados. ;

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Año: 1955, CSJN Fallos: 233:69 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-233/pagina-69

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