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Fallos: 227:38 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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3 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA relación a las obligaciones derivadas y accesorias de aquél, es cuestión de heeho y de derecho común, ajena al recurso extraordinario, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos propios. lelación divecta. Normas extrañas al juicio.

Lo relativo a saber si las garantías establecidas en la Constitución Nacional en defensa del derecho de propiedad pueden o no ser renunciadas expresa o tácitamente es cuestión insubstancial insuficiente para sustentar el recurso extraordinario, ante las reiteradas decisiones de la Corte Suprema en sentido afirmativo.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Welación directa. Sentencias con fundamentos no federales, o federales consen tidos, Fundamentos de orden comú.

Decidido por el tribunal de la causa que el allanamiento y pago del impuesto cumplidos por el recurrente impide cuestionar todo lo relativo a la legitimidad y monto del tributo, no procede el recurso extraordinario fundado en la invalidez constitucional de aquél.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Hevquisitos propios. Unestiones na federales. Interpretación de normas y actas Jocales en arweral, La determinación del carácter civil o penal de una mnita, así como lo relativo a saber si las circunstancias del cuso imponían o excusaban la aplicación de ella, no constituye enestión federal.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gmramen.

Siendo ajena al recurso extraordinario la determinación del carácter de la multa por infracción a la respectiva ley impositiva provincial y remitiendo ésta, en punto a prescripción de la acción, a las normas del C. Civil, no hay lesión al principio de la legislación común uniforme que pueda justificar la procedencia de dicho recurso,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:38 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-227/pagina-38

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