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Fallos: 225:487 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN "7 Justicia que inspiró la acción y que nutre el recuerdo de una incomparable mujer —Eva Perón— bandera de la justicia, que nos dió la pureza de su corazón, su elevación de alma, su renunciamiento y su sacrificio, y que enla Jucha de todas las horas, buscó como bien supre- 4 mo, justicia y amor para su pueblo. Inspirados en este gran ejemplo, un milagro de la vida civil argentina, todos los servidores de la administración de justicia tenemos ahora, en el cumplimiento de nuestras funciones, cualesquiera que ellas sear, el imperioso deber de servir los postulados contenidos en el capítulo 28 del Segundo Plan Quinquenal.

Los agentes de la administración pública —expresa uno de los objetivos generales— tienen más que ningún otro trabajador del país una fundamental función social que cumplir, toda vez que el pueblo les paga para que sirvan sus intereses, Y aquellos que tienen sobre aí la responsabilidad de ejercitar su autoridad, en todas las jerarquías del mecanismo judicial, cumplirán con su patriótica e imperativa adhesión al Plan, al observar otro de sus objetivos generales, en cuya virtud el personal técnico, administrativo y de servicio de la administración pública debe ser adoctrinado, a fin de formarlo en el conocimiento y comprensión de la Constitución Nacional, de los objetivos del presente Plan y de los principios de la doctrina peronista, que tiene como finalidad suprema alcanzar la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación, mediante la justicia social, la independencin económica y la soberanía política, Séame permitido determinar en estas cireunstancias, cuando analizamos la índole de nuestros deberes para con la Patria, y nos detenemos en el estudio del Segundo Plan Quinquenal, cómo hemos llegado a identificar en el Exemo. Señor Presidente de la Nación,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:487 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-487

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