Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 222:14 de la CSJN Argentina - Año: 1952

Anterior ... | Siguiente ...

la Nación doctor don Luis KR. Longhi y los señores Ministros doctores don Rodolfo G. Valenzuela, de Tomás D. Casares, don Felipe Santiago Pérez y don Atilio Pemsagno ; Considerando :

ue la denominación de Prosecretario, que figura añadida a dmrda de Ereertado ate Mena alii Instancia, no responde a función específica alguna que, requiriendo título profesional, pudiera hallarse señalada en las leyes Creta Ml a jeta Ginprer + la nomenciatara qenoral de Que por otra parte, los "'Prosecretarios-Oficiales 7", cuyos cargos fueron creados en los Juzgados de Sentencia en lo Criminal, cuando la ley 12.833 atribuyó a éstos el conocimiento, en grado de apelación, de las decisiones de los jueces AdmiE y'art. 79 de la Ley de Organización de los e Tribunales 13.998, reintegrándose, por consiguiente, a las tareas comunes que les asignen los jueces a a mentira distribución dl trabajo, conforme a la categoría Oficinies Migiimor, para suyo desempeño no se requieren estadia «ope.

Que en consecuencia, corresponde ajustar a esta única denominación, las designaciones Sl aria praia Ep iatpia ys y hon Ted

TE AAA
que ocui E. —— — mo A Ao " en te, ante m o e Y AA Tomás D. Casares. — Feure SANTIAGO Pérez. — AmO Pessioxo. — Ricardo E. Rey (Secretario).


ACORDADA SOBRE MARTILLEROS OFICIALES
En Buenos Aires a los veinte días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno, reunidos en la Sala de Acuerdos el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia dela Nación, doctor don Luis R. Longhi y los señores Minis

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1952, CSJN Fallos: 222:14 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-14

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 222 en el número: 14 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos