la Nación doctor don Luis KR. Longhi y los señores Ministros doctores don Rodolfo G. Valenzuela, de Tomás D. Casares, don Felipe Santiago Pérez y don Atilio Pemsagno ; Considerando :
ue la denominación de Prosecretario, que figura añadida a dmrda de Ereertado ate Mena alii Instancia, no responde a función específica alguna que, requiriendo título profesional, pudiera hallarse señalada en las leyes Creta Ml a jeta Ginprer + la nomenciatara qenoral de Que por otra parte, los "'Prosecretarios-Oficiales 7", cuyos cargos fueron creados en los Juzgados de Sentencia en lo Criminal, cuando la ley 12.833 atribuyó a éstos el conocimiento, en grado de apelación, de las decisiones de los jueces AdmiE y'art. 79 de la Ley de Organización de los e Tribunales 13.998, reintegrándose, por consiguiente, a las tareas comunes que les asignen los jueces a a mentira distribución dl trabajo, conforme a la categoría Oficinies Migiimor, para suyo desempeño no se requieren estadia «ope.
Que en consecuencia, corresponde ajustar a esta única denominación, las designaciones Sl aria praia Ep iatpia ys y hon Ted
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que ocui E. —— — mo A Ao " en te, ante m o e Y AA Tomás D. Casares. — Feure SANTIAGO Pérez. — AmO Pessioxo. — Ricardo E. Rey (Secretario).
ACORDADA SOBRE MARTILLEROS OFICIALES
En Buenos Aires a los veinte días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno, reunidos en la Sala de Acuerdos el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia dela Nación, doctor don Luis R. Longhi y los señores Minis
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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:14
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