DESIGNACION DE L6S ABOGADOS QUE DEBEN SU-
PLIR EN SUS FUNCIONES A LOS JUECES FEDERALES
LEGALMENTE IMPEDIDOS Y RECUSADOS
En Buenos Aires, a. veintiocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos, reunidos en su Sala de Acuerdos el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Roberto Repetto y los señores Ministros doctores don Antonio Sagarna, don Luis Linares, don Benito A. Nazar Anchorena y don Francisco Ramos Mejía, acordaron formar la lista de abogados que, con arreglo a la ley de veinticuatro de septiembre de mil ochocientos sesenta y ocho deben suplir en el año mil novecientos cuarenta y tres a los Jueces Federales de Sección, legalmente impedidos o recusados y ejercer las funciones de Fiscales ad hoc.
PARA LA CAPITAL FEDERAL:
Doctores Horacio J. Storni, Rodolfo J. Clusellas, Enrique García Merou, Mariano Molla Villanueva, Emilio P. Cárdenas, Ricardo Marcó del Pont, Rafael de la Vega, Faustino J. Legón, A. Walter Villegas y Obdulio Siri.
PAra La PLATA:
Doctores Eduardo J. Bullrich; Manuel Orús, Arturo Giménez Fauvety, Luis Vernengo Lima, Eduardo Giuffra, Atanasio Rafael Apreda, Luis M. Larrain, Julio M. Escobar, Aníbal Martínez Sosa y Espiridión Sánchez.
PAra Banía BLANCA:
Doctores Jorge Bermúdez, Alberto de Lasa, Rodolfo J. DiTlon, Roberto Isnardi, Arnaldo Lejarraga, Joaquín López Jauregui, Mario J. Olaciregui, Gustavo Perramón, Rodolfo Tesone y Antonio Tridenti (h.).
Para MERCEDES:
Doctores Guillermo Acuña Anzorena, Santiago M. Balado, Horacio Cárdenas, Rómulo Etcheverri Boneo (h.), Alberto Espil, Julio C. Landini, Raúl Lascano, Julio O. Ojea, Víctor E.
Rivarola y Guillermo San Martín.
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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:12
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