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Fallos: 192:204 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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É 2. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
o tancia tag adquirir. En estos casos de drogas, el público consum nunca compra por parecido en etiquetas o en nombres, Por todo lo expuesto resuelvo: Revocar la resolución de la Comisaría de Mareas de fecha marzo 31 de 1939 y ordenar la Mmeripión de la marca " Haptinógeno"" a favor de Víctor Lucio Y: para productos de la clase 2. — Emilio L. Gonsález.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, abril 25 de 1941.

Y Vistos: De neuerdo econ lo resuelto por el Tribunal en el caso de Pfeiffer y Cía. (25 de nov. de 1940), en el que se estableció que a los efectos de la concesión de una marca confundible con la ya registrada, es inoperante el consentimiento del titular de ésta; y por las consideraciones aducidas por el señor Procurador Fiscal de Cámara, se revoea la sentencia apelada de fs. 17, y, en consecuencia, se deniega el registro de la marea de comercio "Haptinógeno" solicitada por el neta núm. 210,727. — Nicolás González Tramain, — Ricardo Villar Palacio. — Juan A, González Calderón, — Ezequiel 8.

de Olaso (en disideneia), Carlos del Campillo (en disidencia).

Disidencia Y vistos: De conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema en los ensos de la Sociedad Manufactura Algodonera Argentina, de 17 de octubre de 1938 (Fallos: 182, 62) y en el de Vernon y Cía. Ltda., de 12 de marzo del corriente año, en los que se resolvió que la ley núm. 3975 no faculta al Comisario de Mareas para hacer primar un presunto interús del consumidor sobre una manifestación concreta del propietario de la marea en el sentido de autorizar expresamente el registro de otra semejante o parecida a la suya; se confirma la sentencia apelada de fs. 17 y, en consecuencia, se concede el re gistro de la marca de comercio "Haptinógeno", solicitada por el acta núm. 210.727. — Carlos del Campillo, — Ezequiel 8.

de Olaso,
DICTAMEN DEL PROCURADOR CIENERAL
Suprema Corte:

Aunque la cuestión resuelta en la presente causa sobre denegación de registro de una marca de comercio

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:204 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-192/pagina-204

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