Año 1941 — Junio
ROBERTO DE LOS RIOS v. NACION ARGENTINA
EJERCITO NACIONAL,
Está en el espíritu de la ley orgánica del ejército, exteriorizado diversas disposiciones, que un oficial que ha permanecido alejado del servicio por más de dos años, no puede revistar nuevamente en la actividad.
AMNISTIA.
EJERCITO NACIONAL.
AMNISTIA.
EJERCITO NACIONAL.
El militar dado de e en rebeldía que, no obstante la ley LITIS CONTESTACIÓN: Efectos.
SENTENCIA: Contenido y nulidad.
No procede resolver en la sentencia cuestiones que no han sido comprendidas en la litis contestación ni se E tido ni sustanciado con la intervención de las partes.
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:5
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