ARTURO CIAMBOTTI v. EMPRESA MUNICIPAL
MIXTA DE TRANSPORTES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos. Constitución Nacional, Procede el recurso extraordinario respecto de la sentencia contraria al derecho fundado por el recurrente en el art. 16 de la Constitución Nacional.
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Igualdad ante la ley.,
EINPLEADOS DE COMERCIO.
JUBILACIONES,
La empresa afiliada a la Caja de la ley N° 11.110 y que cumple con la obligación del aporte patronal, no puede ser obligada a pagar a sus empleados las indemnizaciones establecidas en la ley N° 11.729, sin violar la garantía prevista en el art. 16 de la Constitución Nacional respecto de la igualdad de las cargas públicas y ante la ley.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
De los autos principales resulta que la empresa demandada planteó el caso federal a que se alude en el presente recurso directo desde la contestación a la demanda (s. 8), manteniéndolo en segunda instancia escrito de fs. 25). Siendo el fallo definitivo contrario a sus pretensiones, el recurso interpuesto a fs. 37 le ha sido mal denegado, y así corresponde declararlo.
En cuanto al fondo del asunto, se trata de una enestión reiteradamente resuelta por V. E. en 181:219 , y otros fallos posteriores. Aplicando la doctrina entonces sustentada, correspondería revocar la sentencia de fs. 27 en cuanto pudo ser materia del recurso, declarando que la indemnización de despido autorizada por
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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:237
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