Dou Manuel Zappattini conira don Clemente Berasategui, por cobro «Ceertivo de pesos. Contienda de competencia, Sumario: Corresponde la acumulación del juicio ejeentivo seguido contra el concursado, a los autos del concurso, en un caso en que si bien en aquél se había dictado sentencia, ella lo fué después de seis meses de iniciado y conocido éste por los interesados, Caso: Lo explican las piezas siguientes:
A VISTA FISCAL
Señor Juez:
A mérito de las consideraciones aducidas en los escritos preecdentes, a los cuales adhiero, soy de opinión que U. S. debe hacer lugaf al pedido formulado por el síndico y librar el oficio inhibitorio, — élez Mariconde, Fiscalía, Agosto 14 de 1931,
AUTO DEL JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL Ja. NÓMINACIÓN
Córdoba, Septiembre 9 de 19531, A mérito de lo solicitado por el síndico a És. 22, y la conformidad prestada por el señor Agente Fiscal, librese exhorto inhihitorio, acompañándose los testimonios que indica el articulo 1005 del C. de P. C. — De la Torre — Ame mi: Miguel 4. Posse,
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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:96
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