Por estos fundamentos, los expresados en el juicio "Mendieta de Gandulfo Estela v. Tommassi Guillermo, desalojo", que fallo en esta misma fecha, lo aconsejado por el señor Agente Fiscal, resuelvo rechazar con costas, la excepción opuesta, regulando a sus efectos los honorarios del doctor Victor M.
Nogués en doscientos pesos nacionales y los del señor Jorge Gandulfo en cincuenta pesos de igual moneda. Cúópiese, rep.
la foja.
M de Vedia y Mitre.
Ante mi: A, Persiani.
SENTENCIA DE LA CÁMARA CIVIL DE APELACIONES
Buenos Aires, Febrero 17 de 1925 Y Vistos:
Por sus fundarentos, no desvirtuados en el precedente memorial y por los contenidos en el precedente dictamen del señor Fiscal de Cámara, se confirma la resolución apelada de fojas 42. Dev., rep. los sellos. — Juárez Celman, — Pera. — Casabal, — Ante mi: Jorge Figueroa Alcorta,
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR CENERAL
Buenos aires, Mayo 7 de 1925 Suprema Corte:
Doña Estela Mendieta de Gandulio demandó a don Guillermo Tommasi por cobro de alquileres y por desalojo ante el Juzgado de 1.° Instancia en lo Civil de la Capital de la Nación.
En ambos juicios el demandado opuso la excepción de incompetencia de jurisdicción amparándose al fuero federal el que le fué denegado así como el recurso de apelación que interpuso para V. E. fundado en el art. 14 de la ley 48.
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Año: 1925, CSJN Fallos: 143:267
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