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Fallos: 133:5 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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Ledesma Sugar States and Refining Company Limited, deduciendo excepción de incompetencia por inhibitoria.

Sumario: No existe causa civil pendiente ame los tribinales de ima prov que pueda dar lugar a la substanciación de una inhibitoria deducida ante la corte suprema, en un caso ei que sólo aparece haberse iniciado trámites aximinstrat 1 dar cumplimento 2 uma ley que declara lidad pública, sin que el gobierno haya ocurrido a la justi entablando la correspondiente demania.

Caso: JLo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 14 de 1920.

Suprema Corte:

Con los documentos acompañados, estimo probado que el domicilio de la sociedad Anónima Ledesmy Sugar Estates and Refining Company Limited. es en la capital de la nación, porque aguí ha sido amorizada para funcionar como persona juridica y aquí tiene su directorio principal, (C. S. N.. 9 pági117, página 190).

Fimdase en tal hecho la petición de dicha compañía para se declare competente para conocer del juicio de ión que, el gobierno de la provincia de Jujuy intenta entablar contra aquélla con respecto a una fracción de tierra declarada por ley provincial de milidad pública para ampliar el éjido del nuevo pueblo.

Pero según resulta de la proj/a exposición de la sociedad interesada, el y no ha ocurrido aún a la justicia pues sólo ha iniciado trámites administrativos. No hay pues,

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:5 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-5

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