DE JUSTICIA DE LA NACION 161 Ramón Iriarte de la autoridad judicial de la provincia de Salta, y Considerando :
Que para justificar el domicilio del causante Sr. Iriarte ul tiempo de su fallecimienta. el actor ha presentado las si P guientes probanzas: testimonio de los señores Justino Posse y fs, 21, Sandalio Manlójana fs. 22; Leocadio F. Paz fs. 72, José Pondal fs. 74: Martin Allerte, fs. 75 vta., Brigido Ferrán, hijo, fs. 77. M; Paez fs. 78, los que manifiestan que el domicilio del señor friarte, de su familia es en esta ciudad Rivadavia número 72, Que en efecto, todos esos testigos. mayores, de excepción, declaran de modo uniforme que saben y les consta, dando perfecta razón de su dicho, que el causante don Ramón Iriar- , te, tuvo hasta su muerte sir domicilio en la calle Rivadavia 72, donde vivía desde muchos años atrás, en compañía de su familia compuesta de su esposa doña Leonor Carrillo y de varios hijos y donde la familia continúa viviendo actualmente; ' que saben y les consta también que inmediatamente después de la muerte del causante señor Iriarte, ocurrida accidental :
mente fuera de la provincia, sus restos fueron traidos a esta ciudad siendo su cadáver velado en su casa de familia, Rivadavia 72, desde donde partió el cortejo fúnebre que condujo Sus restos al cementerio del Oeste de esta Capital, donde :escanzan, todo lo cual; saben por haber concurrido al velorio y al entierro y haber sido amigos del señor Iriarte y conocer a la familia del mismo. Que además de estas probanzas felacientes se han producido las siguientes: Certificado de fs.
31 de Fray Andrés Paz y reconocimiento de la firma del mismo corriente a fs. 33 en su carácter de guardián del Convento de San Francisco de esta ciudad en el que consta que enla iglesia del mismo se celebró un funeral solemne de cuerpo presente el día 7 de Agosto del año en curso y asi mismo las misas gregoriañas durante "reinta días y un funeral canta= do el 5 :le Septiembre por encargo de la señora Leonor Carri
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Año: 1918, CSJN Fallos: 127:161
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