SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Viedma, Febrero 11 de 1914.
Y Vistos:
Ista causa seguida de oficio contra Bernardo o Bernardino Sosa, José Miguel Trafilao, Antonio Curruhinca, Pedro González, Francisco Romero, Juan Pintos, José Rodriguez y Juan Santos (a) Cullimaicán, por homicidio en las personas de David y Raschid Baine y contra Juan Santos (a) Cullimaicún, por disparo de arma contra Juan Pintos, de la que resulta:
1.° Que a 6 de Septiembre de 1908 un vecino de Lihuao Grande, Andrés Ramírez, acompañado de su peón Antonio Rucal, encontró próximo a un camino un bulto que le llamó la atención, por lo que indicó a Rucal observara qué era y levantando la lona que lo tapaba, quedó al descubierto una pierna humana; que ordenó Ramirez volver la lona a su lugar dando —_ cuenta a la autoridad policial por medio de la carta de fojas 1 en la que se ratifica a fs, 2. y 2. Que practicada a fs. 4 la inspección ocular, se encontraron objetos y mercaderías propias de los llamados "turcos — ambulantes" que cubrían dos cadáveres en completo estado de putrefacción y por los documentos hallados en las ropas de a uno de ellos, se supuso que fuera David Baine, cuya sospecha también apoya un sello de lacre con inscripciones en árabe, encontrado entre las ropas. Y 3.° Que según el informe pericial de fs. 10, ambos cadá- | veres presentaban lesiones graves en la cabeza con fractura del , cráneo, que les había ocasionado :na muerte instantánea; el r arma ha sido un cuerpo duro: una de las víctimas tenía el 1 rostro completamente desfigurado y el fallecimiento se produjo ! unos cinco meses antes, es decir, en Mayo de 1908. | 4" Que iniciada la averiguación del caso por el comisario" instructor a raiz de la declaración de Francisco Ramirez, de a fs. 53, en la que este procesado confiesa haber presenciado el E >] 3
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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:375
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