DE JUSTICIA NACIONAL
AÑO 19085 Continuación 
CAUSA XLIII
Ramón Alul contra la Provincia de Buenos Aires sobre daños y perjuicios. 
Sumario.—Negudos los hecho en que se funda la demanda y no pro ando el actor prieba alguna en el juicio, debe ubsolverse al demandado, Caso.— Lo explica el siguiente fallo:
— EEE a Ma — Ñ—
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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:5 
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