Acuerdo declarándose en receso.
Buenos Aires, Abril 11 de 1871.
Visto que la epidemia que diezma la poblacion de esta Ciudad, ha obligado no solo 4 los habitantes sinó tambien 4 los oficiales Curiales á abandonarla, lo que hace imposiblo y además injusto proseguir la tramitacion y resolucion de las causas judiciales; la Suprema Corte se declara en receso hasta el 1 del mes de Mayo próximo. Refrendada este acuerdo por el Secretario, publíquese.
SALVADOR Manía DEL CARniL. — José Bannos Pazos. — MAnce
LINO UGARTE.
N. Rojo.
Secretario.
Acuerdo prorogando el término del anterior.
Buenos Aires, Mayo 2 de 1871.
Subsistiendo los motivos en que se fundó el Acuerdo de 11 de Abril último, con tanta mas razon cuanto que la nueva fería decretada por los Gobiernos Nacional y Provincial, autoriza laausencia de Abogados, Procuradores y litigantes, la Suprema Corte continuará en receso hasta el dia quinco del corriente: refréndese y publíquese.
SALVADOR MARÍA DEL CARRIL. — José Barnos Pazos. — MAnce
LINO UGARTE.
N. Rojo.
Secretario.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:6
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