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ARTICULO 897 .- Los hechos humanos son voluntarios o involuntarios. Los hechos se juzgan voluntarios, si son ejecutados con discernimiento, intención y libertad.
Ver articulos: [ Art. 894 ] [ Art. 895 ] [ Art. 896 ] 897 [ Art. 898 ] [ Art. 899 ] [ Art. 900 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 897 con el Código Civil de Velez?
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 897 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
- Fallos: Tomo 302 - Página 1299
- Fallos: Tomo 331 - Página 902
- Fallos: Tomo 331 - Página 903
- Fallos: Tomo 331 - Página 905
- Fallos: Tomo 331 - Página 914
- Fallos: Tomo 331 - Página 2316
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
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TITULO I
- De los hechos
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SECCION SEGUNDA
- DE LOS HECHOS Y ACTOS JURIDICOS QUE PRODUCEN LA ADQUISICION, MODIFICACION, TRANSFERENCIA O EXTINCION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
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También puedes ver: Art.897 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda