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ARTICULO 3423 .- La acción de petición de herencia se da contra un pariente del grado más remoto que ha entrado en posesión de ella por ausencia o inacción de los parientes más próximos; o bien, contra un pariente del mismo grado, que rehusa reconocerle la calidad de heredero o que pretende ser también llamado a la sucesión en concurrencia con él.
Nota:3423. Cuando el título de heredero que se atribuye al demandante, es reconocido por el demandado, la acción es meramente de división y no de petición de herencia. Mas en la hipótesis contraria hay una contestación prejudicial a la acción de división, y esta contestación supone que ha tenido origen en una verdadera acción de petición de herencia. DURANTON, t. 7, núms. 92 hasta 95. POTHIER, "Propieté", núm 375. AUBRY y RAU, § 616, y nota 5. L. 13, § § 4 y 8, tít. 3, lib. 5, Dig.
Hay una inmensa diferencia entre el adquirente de derechos sucesorios y el adquirente de objetos hereditarios singularmente considerados. El primero está sometido a la acción de petición de herencia y el segundo a la acción de reivindicación como tenedor a título singular de los objetos hereditarios. L. 7, tít. 31, lib. 3, Cód. romano. MERLIN, "Rép. Verb. Heredité", núm. 7 BELOST-JOLIMONT, sobre CHABOT, Observ. 4, sobre el art. 756, POTHIER, "Propieté", núms. 370 y 374.
Ver articulos: [ Art. 3420 ] [ Art. 3421 ] [ Art. 3422 ] 3423 [ Art. 3424 ] [ Art. 3425 ] [ Art. 3426 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3423 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO IV
- De los derechos y obligaciones del heredero
>>
CAPITULO I
- Derechos del heredero
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SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
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También puedes ver: Art.3423 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion