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ARTICULO 2231.- Documentos con derecho incorporado. La prenda de títulos valores se rige, en lo pertinente, por las reglas de la prenda de cosas.
Remisiones: ver comentario al art. 1845 CCyC.
1. Introducción
Se prevé la aplicación de las reglas de la prenda de cosa a los títulos valores, dado que en los mismos se produce la "cosificación" del crédito. De tal manera, el Código supera la falta de previsión expresa del art. 20 del decreto-ley 5965/1963, ratificado por ley 16.478.
Interpretacion COMENTADA al Art. 2231 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2228 ] [ Art. 2229 ] [ Art. 2230 ] 2231 [ Art. 2232 ] [ Art. 2233 ] [ Art. 2234 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2231 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO XII
- Derechos reales de garantía
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CAPITULO 4
- Prenda
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SECCION 2ª
- Prenda de cosas
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También puedes ver: Art.2231 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion