ARTICULO 2154 Concepto del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 2154.- Concepto. El uso es el derecho real que consiste en usar y gozar de una cosa ajena, su parte material o Indivisa, en la extensión y con los lí­mites establecidos en el tí­tulo, sin alterar su sustancia. SI el tí­tulo no establece la extensión del uso y goce, se entiende que se constituye un usufructo.

    El derecho real de uso sólo puede constituirse a favor de persona humana.

    Fuentes y antecedentes: art. 2057 del Proyecto de Reforma de 1998.

    1. Introducción

    El ordenamiento regula dentro del Tí­tulo IX"”arts. 2154 a 2157 CCyC"”el régimen legal aplicable al derecho real de uso, en forma independiente y separada a los derechos reales de usufructo y habitación, a los que asigna dos Tí­tulos distintos.
    Ello resulta una innovación desde el punto de vista metodológico en relación del sistema anterior, en donde tanto el uso como la habitación tení­an un tratamiento conjunto en el Tí­tulo IX.
    La sistematización metodológica adoptada deviene así­ más próxima a la contenida en el Proyecto de Reforma del año 1998, que establecí­a un tratamiento separado de cada uno de estos derechos reales.
    El CCyC dedica cuatro artí­culos al estudio del derecho real de uso, de donde se desprende como idea rectora la concesión al usuario de las facultades de uso y goce de la cosa, manteniendo la prohibición de alterar la sustancia. Se otorga particular relevancia al Tí­tulo que sirve de causa fuente "”en lo que refiere al contenido del derecho"”, aplicando supletoriamente las reglas del derecho real de usufructo, y se reafirma el carácter tuitivo del uso, reflejado en la inembargabilidad de los frutos.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 2154 (con jurisprudencia)

    Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2151 ] [ Art. 2152 ] [ Art. 2153 ] 2154 [ Art. 2155 ] [ Art. 2156 ] [ Art. 2157 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2154 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO CUARTO
    - DERECHOS REALES
    >>
    TITULO IX
    - Uso
    >>

    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.2154 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 2151 ] [ Art. 2152 ] [ Art. 2153 ] 2154 [ Art. 2155 ] [ Art. 2156 ] [ Art. 2157 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...